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La semana venidera podrían volver las actividades deportivas

La semana que viene podría llegar el esperado anuncio para la comunidad de nuestra ciudad y la provincia en general, en lo vinculado a la apertura de algunas actividades deportivas.

Junto a la información del Decreto Nº 455 dictaminado por el Gobernador Omar Perotti en la víspera («se habilita, a excepción de los grandes aglomerados -Santa Fe y Rosario-, la actividad en sindicatos, entidades gremiales, empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas, y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial, a puertas cerradas, con turno previo, de lunes a viernes hasta las 19 horas», entre otros detalles), se dio a conocer un pedido a la Jefatura de Gabinete de la Nación de la autorización para determinadas actividades.

Ente ellas están las prácticas deportivas con ciertos recaudos. Se entiende que son las preferentemente de deportes individuales y que se han venido implementando en otras provincias con anterioridad. No obstante, vale aclarar que varios deportes colectivos presentaron sus respectivos protocolos para entrenar bajo parámetros de menor cantidad de personas y con adecuadas situaciones de seguridad. Por ello, hasta que no llegue esa respuesta desde Nación y se implemente el Decreto, habrá que aguardar cuáles son.

En este contexto es una buena noticia para los gimnasios, ya que quienes se puedan adaptar a lo requerido podrían empezar a trabajar luego de casi tres meses.

El detalle de los cinco ítems solicitados es el siguiente:

SOLICITUD A JEFATURA DE GABINETE

-Las actividades de servicio doméstico para los grandes aglomerados.

-ACTIVIDADES DE  BARES Y RESTORANES : Con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los comensales, los que deberán concurrir por sus propios medios. Pudiendo ocuparse simultáneamente hasta el 50 % de la capacidad máxima de los locales

– PRACTICAS DEPORTIVAS: Habilitación de las instalaciones a los fines de la práctica de actividades deportivas que no impliquen contacto físico, por turnos, en espacios abiertos o suficientemente ventilados, incluyendo en los mismos a los gimnasios que reúnan tales características, sin reuniones.

– Reuniones familiares, de hasta diez (10) personas, los días sábados, domingos y feriados, en domicilios particulares.

-Mesas examinadoras de las unidades académicas de las Universidades nacionales y privadas con sedes en la provincia, debiendo observarse las siguientes recomendaciones. Disponiendo un sistema de turnos o similares.